NOTICIA DE EL ESPECTADOR 11/06/2019

Se trata de los comerciales de refrescos “Hit” emitidos en medios de comunicación durante los últimos dos años bajo el eslogan “Elige Hit, la fruta de verdad”. Según la Superintendencia de Industria y Comercio, el enunciado podría vulnerar los derechos del consumidor, por lo cual decidió abrirle una investigación formal a la empresa de bebidas.

La SIC  formuló cargos a una de las empresas más grandes de bebidas de Colombia: Postobón. Según se lee en el documento, conocido por El Espectador, Red PaPaz interpuso una queja a raíz de que los comerciales de “Hit” incentivaban, en su criterio, “de manera engañosa, el consumo de dicha bebida en niños, niñas y adolescentes”. Lo anterior, según la corporación, iría en detrimento del estatuto del consumidor y de la prevalencia constitucional de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás.

Desde diciembre de 2017, la Corporación Red PaPaz interpuso una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en contra de Postobón por considerar que su manera de publicitar los refrescos marca “Hit” era “engañosa”. Tras estudiar la documentación aportada, el ente de control decidió abrir una investigación formal que le podría acarrear una millonaria multa a la empresa.

El principal reparo de Red PaPaz, según dicta el documento, es que “los mensajes objetivos que contiene la publicidad de productos ‘Hit’ con el eslogan ‘Elige Hit, la fruta de verdad’: que Hit es jugo, que Hit es fruta de verdad, que Hit es saludable y que Hit es un alimento ideal para la lonchera, es decir, para el consumo diario de los niños no coinciden con la realidad del producto, no es información veraz, idónea, ni precisa”.

::Invima suspende comercial y cuña de HIT por publicidad engañosa:: 

Para demostrar que la publicidad sería engañosa, la corporación le allegó a la SIC una serie de pruebas, entre las cuales están las pruebas publicitarias, las muestras de los empaques, los estándares de nutrientes que aconseja la Organización Panamericana de Salud, los conceptos técnicos de dos nutricionistas y el resultado de un estudio de laboratorio que demostraría los altos niveles de azúcares de los refrescos marca “Hit”. Todas estas, encaminadas a probar que ‘Hit’ vende la idea que “posee unas características nutricionales beneficiosas para los niños, niñas y adolescentes, que no tiene”.

Cuando la SIC empezó a indagar, le pidió a Postobón que sustentara con evidencias frases que aparecían en los comerciales, como: “mi mamá sabe que me encanta la fruta, por eso en mi lonchera siempre hay ‘Hit’. Porque me gusta, me hace más fuerte y eso le encanta a mamá”. La empresa respondió: “Como quiera que las expresiones en referencia se tratan de afirmaciones pura e indiscutiblemente subjetivas, las mismas no requieren de soporte técnico o científico alguno”. Además, agregó que los nutrientes del producto sí responden con la promesa de venta.

Según los conceptos que le envió Red Papaz a la SIC, ninguno de los refrescos ‘Hit’ tiene 100% de fruta, como para llamarlo “jugo”, que, según la normativa, es el extracto directo de la fruta. En el documento se lee que los refrescos ‘Hit’ que más porcentaje de fruta tendrían son los de mango y durazno, con un 14%, a los que les sigue el de naranja-piña con un 11% y el de frutas tropicales con un 9%. Postobón no comentó los porcentajes, pero le aseguró al ente de control que en el mercado los productos similares “regularmente están compuestos por aditivos o saborizantes”, pero que los ‘Hit’ se caracterizan por “garantizar a sus consumidores justas proporciones de pulpa de fruta natural”. 

Asimismo, en el curso de la indagación, la entidad de control se topó con una nueva arista: Postobón estaba pagando a personas prominentes o influencers $500.000 por compartir fotos en sus redes sociales con la etiqueta #HitSiTieneFruta. Según el informe pericial de la SIC, la campaña le aseguraba a quienes hicieran parte de esta “lo único que tienes que hacer es compartir un link que contiene información que aclara los rumores sobre los ingredientes de ‘Hit’”.

Además, Postobón agregó que los nutrientes del producto sí responden con la promesa de venta y aclaró: “Téngase en cuenta que no se está manifestando que el refresco de frutas es mejor que las frutas en sí mismas o que está hecho 100% de este ingrediente, sino que dentro del pliego de posibilidades que hay en el mercado, el refresco de frutas ‘Hit’ resulta ser nutricionalmente una opción, la mejor si se quiere, para su fabricante”.

La SIC no aceptó que los investigados utilizaran el superlativo “el mejor”, pues no se aclara la cualidad sobre la cual se dice que es mejor y no existe un “soporte que demuestre que su valor nutricional es superior respecto de otros”. Por ende, considera la entidad de control, la utilización de ese enunciado en la publicidad “carecería de claridad, veracidad, suficiencia” y otros preceptos, lo cual estaría violando el estatuto del consumidor.

Carolina Piñeros, Directora de Red PaPaz señaló en un pronunciamiento: “Estos cargos son un importante hito en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes como consumidores. Muchos productos ultra-procesados engañan con su mercadeo y su publicidad y el Estado tiene la obligación de proteger los derechos prevalentes de nuestros hijos menores de 18 años”.

Y agregó: “Nuestra propuesta es que estos productos tengan sellos que nos adviertan si son altos en azúcar, sodio o grasas saturadas, como proponemos en el proyecto de ley 214 de 2018  o Ley de Comida Chatarra, e idealmente  sacar la publicidad de comida chatarra del mundo de los niños, ya que estos productos son, en buena medida, los responsables de los crecientes índices de malnutrición, sobrepeso y obesidad de esta población”.

La respuesta de Postobón

Una vez se conoció la noticia de que la SIC había formulado cargos a Postobón, la empresa de bebidas expidió un comunicado que reproducimos en su totalidad: 

“En los últimos días ha circulado la noticia en diferentes medios de comunicación sobre el inicio de una investigación administrativa por supuesto incumplimiento de normas relacionadas con la informacion y la publicidad de algunas campañas de la marca HIT. En una primera instancia la SIC en su Resolución 19023 de 2019 resuelve no acceder a la petición de medidas cautelares solicitadas por la denunciante.

Queremos ser absolutamente claros que hemos brindado toda la informacion requerida y continuaremos trabajando incansablemente para demostrar ante las instancias competentes que hemos actuado siempre de buena fe y bajo las normas que regulan la actividad propia de la industria de bebidas.

HIT cuenta con un portafolio extenso con diferentes porcentajes de contenido de fruta (llegando incluso al 100%). Todas las referencias de HIT cumplen con la normatividad existente en el país, que regula la categoría de bebidas con fruta, contenida en la Resolución 3929 de 2013 del INVIMA.

HIT es uno de los mayores compradores de fruta en Colombia. Anualmente, utiliza más de 25 millones de kilos de fruta para la fabricación de sus productos. El 26% de esta fruta proviene de agricultores campesinos colombianos que hacen parte del programa HIT SOCIAL.  Adicionalmente ha beneficiado a más de 47.700 estudiantes de Colombia con la entrega de mobiliario escolar del programa MI PUPITRE Postobón apoyado por la marca. (Para mayor información sobre los programas de sostenibilidad consulte www.postobon.com)

En Postobon estamos orgullosos de la marca HIT, creemos en su promesa de valor y ratificamos el compromiso de seguir aportando al desarrollo de Colombia con cada una de nuestras marcas”.

Una respuesta

  1. Aaaayyyy tan beeeellos, tan queridos, ahora habrá que agradecerles! Y como postobon es de ardila están muy tranquilos porque también tienen sus grandes amigotes en el congreso y demás. Primero muertos que perder utilidades y muuyyyy demalas la salud de los consumidores, después de todo ellos si pueden consumir jugo 100% natural; no creo que la familia de la industria tengan hit en sus neveras…

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