CI.- El pasado 25 de octubre la Corte Constitucional colombiana declaró exequible el artículo 54 de la reforma tributaria, el cual estableció los impuestos saludables. La Corte Constitucional reconoció las medidas tributarias sobre los alimentos ultraprocesados.

La Sociedad Civil y la Red Académica por el Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas celebraron la decisión de la Corte Constitucional. Tras más de siete años de luchas ante el Congreso de la República y la Corte Constitucional, consiguieron la aprobación de impuestos saludables para defender la salud pública.

De igual forma, integrantes de la Red Académica declararon en un comunicado que los impuestos saludables tienen una triple ganancia: En primer lugar, plantean que se logrará disminuir el consumo de productos ultraprocesados que dañan la salud, lo que en términos de la Corte es la finalidad extrafiscal de los impuestos que consiste en desestimular el consumo de sustancias nocivas para la salud.

En segundo lugar, se contribuye en mejorar la alimentación y la salud pública para toda la población, en términos de la corte incrementar el precio de los productos bebibles y comestibles ultraprocesados, reduce su demanda y motiva la sustitución por alternativas más saludables.

Finalmente, la Academia ubicó en tercer lugar que se logrará disminuir los altos costos a mediano y largo plazo que causa la atención de enfermedades no transmisibles en el sistema de salud.

Corte reconoce los efectos dañinos para la salud de las bebidas azucaradas

Del mismo modo, la Corte Constitucional reconoció que el consumo de bebidas azucaradas constituye uno de los elementos que más contribuye a la generación de enfermedades crónicas no transmisibles, como, por ejemplo, la diabetes, hipertensión, sobrepeso, etc.

El aumento en la prevalencia de las enfermedades crónicas no transmisibles, como la diabetes, el cáncer, las enfermedades cardiovasculares y las enfermedades renales crónicas, tiene un efecto directo sobre los costos del sistema de salud.

No solo por los tratamientos y medicamentos utilizados, sino por el aumento de la población con estas comorbilidades, convirtiéndose en reto para el manejo de las finanzas del sector.

Expertos afirman que los costos totales atribuidos a las enfermedades crónicas no transmisibles en billones de pesos de 2021, sin considerar medicamentos, llegarán en 2030 a cifras entre $9.3 billones y $10,2 billones de pesos. En 10 años, los costos totales se incrementarían en cerca del 40%.

Vidas en riesgo

Cifras del Ministerio de Salud indican que cada año que pasa la salud de la población en Colombia se ve afectada negativamente debido al consumo de bebidas azucaradas. Estas bebidas son responsables del 13% de las muertes por diabetes y el 5% de las muertes por enfermedades cardiovasculares en el país.

Estas cifras representan un alto número de muertes anuales que podrían evitarse mediante la implementación de medidas efectivas, como los impuestos saludables.

Advierten que continuarán estando vigilantes de la adecuada implementación de los impuestos, la protección constitucional de la medida reitera la importancia de su entrada en vigencia. Desde el próximo 1 de noviembre, Colombia espera avanzar en la garantía a la salud, alimentación, nutrición adecuada y la soberanía alimentaria.

Así mismo, Juan Carlos Morales, Director Ejecutivo de FIAN Colombia, agradeció a la sociedad civil y a la academia sin conflictos de interés por insistir en la exigibilidad de esta medida de salud pública que aporta a la garantía del derecho humano, a la alimentación, la soberanía alimentaria y la construcción del poder popular alimentario.

De igual forma, la evidencia demostró que los impuestos saludables no afectan negativamente la economía de los hogares de bajos ingresos, ya que al reducir la demanda de productos ultraprocesados gravados, se libera un presupuesto familiar que puede destinarse a la compra de alimentos reales y naturales, lo que beneficia especialmente a las familias más vulnerables. Finalmente, los productos ultraprocesados gravados representan una pequeña parte de la canasta de consumo, y no contribuyen de manera significativa a la inflación general.

La FIAN dijo: “Saludamos la decisión de la Corte Constitucional por privilegiar la salud y el derecho a una alimentación saludable, nutritiva y culturalmente diversa, por encima de los intereses particulares”.