NOTA DE EL ESPECTADOR 20-05-21/FOTO DE EL ESPECTADOR

La iniciativa que busca establecer el etiquetado de productos ultraprocesados se discutirá en la plenaria del Senado.

La Comisión Séptima del Senado aprobó este jueves, en tercer debate, el proyecto de ley de comida chatarra, que busca la promoción de entornos alimentarios saludables y el etiquetado de productos ultraprocesados. De esta manera, a la iniciativa solo le resta un debate en la plenaria del Senado para pasar a sanción presidencial y convertirse en ley de la República.

“En este contexto de la pandemia es más importante que nunca tener un entorno de cuidado que promueva prácticas de alimentación saludable, especialmente en nuestros niños. Una mala alimentación presenta no solo graves consecuencias para la salud sino también para la economía y la sociedad en general”, señaló la senadora Nadia Blel, una de las promotoras de la iniciativa.

Por su parte, se pronunció uno de los coautores, el representante Mauricio Toro, de la Alianza Verde. “Con este proyecto estamos garantizando que los colombianos tengan información honesta, sencilla, para cuidar su salud, y poder tomar decisiones sobre el consumo o no de productos con excesivos niveles de azúcar, sodio, grasas y edulcorantes”, dijo Toro, subrayando que, en ocasiones anteriores, el proyecto había sido archivado por “el ‘lobby’ de la industria”.

Contexto: ¿De qué se trata la iniciativa sobre la comida chatarra?

“En esta oportunidad hemos logrado con el apoyo de casi todos los partidos políticos, sacar adelante una propuesta que es urgente y necesaria para promover mejores hábitos de alimentación”, agregó. Toro, además, presentó una proposición, que fue aprobada, para que todos los productos comestibles o bebidas que deban llevar el etiquetado frontal por contener exceso de azúcar, sodio o grasas también deban incluir esa advertencia en toda su publicidad.

La iniciativa aprobada, además de buscar entornos saludables, sobre todo para los menores de edad, obligaría al Ministerio de Salud a dictar la reglamentación y los parámetros técnicos para el etiquetado. De esta forma, esa cartera deberá definir “la forma, contenido, figura, proporción, símbolos, textos, valores máximos, colores, tamaño y ubicación en los empaques de los productos que deban contenerlo, basándose en la mayor evidencia científica disponible y libre de conflicto de intereses, avalada por el Ministerio de Salud y Protección Social la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”.

“El sello de advertencia deberá ir en la parte frontal del producto cuando los nutrientes críticos se encuentren por encima de los valores máximos establecidos por el Gobierno Nacional”, señala el artículo quinto de la iniciativa.